(Artículo 23 de la Ley de Acceso).
Existen 30 medidas de acción, divididas en las siguientes áreas:
Acciones orientadas a proteger la seguridad para la población femenina, fortalecer la acción policiaca y la aplicación de órdenes de protección.
Medidas relacionadas con la procuración e impartición de justicia con perspectiva de género, la atención a víctimas y sanción a los agresores.
Actos encaminados a la capacitación del personal del servicio público que atiende violencia de género, a la difusión de los derechos humanos de las mujeres y a la creación del sistema de información.